Últimamente existe un revuelo entre el sector hostelero por la nueva propuesta del gobierno municipal para regular las condiciones de las terrazas de los establecimientos hosteleros. Antes de expresar mi visión y opinión sobre el asunto entraremos en materia para poder tener una perspectiva, cuanto menos, lo más objetiva posible....
La legislación actualmente en vigor data de su aprobación en el BORM nº 105 de 9 de mayo de 2013, y a continuación señalare los puntos mas relevantes:
- Articulo 3. [....] Se entenderá por terraza la instalación aneja a un establecimiento comercial de hostelería o restauración, situada en espacios exteriores de uso público, compuesta por un conjunto de mesas y sillas, acompañadas, en su caso, de elementos auxiliares como sombrillas, elementos móviles de climatización, toldos parasoles o similares, jardineras, separadores etc.
No se autorizará la instalación de terrazas a actividades que, atendiendo a la legislación vigente, sean calificadas de salas de fiestas y/o discotecas.